Comentarios al Proyecto de la Norma E.030 Diseño Sismorresistente 2014

Started by Vlacev TE, 03 de May de 2014, 12:17:13 AM

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Vlacev TE

Este tema se apertura para recibir comentarios y recomendaciones a implementar en la norma E.030 Diseño Sismorresistente del Perú, a actualizarse este 2014. Desde el siguiente enlace podrás encontrar el proyecto de norma que se plantea, un reporte elaborado con comentarios al proyecto y una hoja de cálculo para obtener el espectro de sismo de diseño (se actualizará cuando se tenga el definitivo): https://www.cingcivil.com/?p=913



javimari

Me parece excelente los nuevos puntos a introducir en la actualización de la norma de este año, creo que seria un paso adelante, ya que países como Chile, Colombia y Ecuador en su norma sismoresistente, ya han adoptado algunos puntos que el ingeniero Vlaced se ha tomado la molestia de desarrollar. Otro punto, también seria actualizar la norma E.050 y la E.030 de manera conjunta, para considerar parámetros a considerar en la introducción de la INTERACCIÓN SUELO - ESTRUCTURAS, ya que países como Colombia en su norma NSR y la norma chilena Nch han sido contempladas años atrás. Esperemos que la actualizacion sea un paso para el desarrollo ingenieril en nuestro país, e ir a la par con otros países.

natalio

HAY VARIOS CAMBIOS SOBRE TODO EN LA ZONIFICACION SISMICA ASIGNADA, EN MUCHOS DISTRITOS. OBVIAMENTE MIENTRAS NO SE PUBLIQUE EN EL PERUANO AUN NO ESTA VIGENTE, PERO MAS O MENOS EN CUANTO TIEMPO SE APROBARÁ, YA QUE POR EJEMPLO EN MI CASO, TENGO ALGUNOS PROYECTOS QUE ESTAN EN VIAS DE OBTENER LA LICENCIA RESPECTIVA, Y QUE SE EJECUTARÁN DE AQUI A UNOS TRES MESES. NO CREO QUE SE TENGA QUE REHACER EL PROYECTO CUANDO SE APRUEBE ESTA NORMA, PUES LA ACTUAL ZONIFICACION SERÍA DIFERENTE A LA FUTURA. 
Natalio

PROYECTOR

Buenas noches,

No soy del Perú, pero me parece interesante conocer las prácticas de diseño estructural y la normativa de países distintos al mío, especialmente de Latinoamérica.

La mayoría de las normas de diseño sismorresistente disponen diferentes niveles de diseño para cada sistema estructural (por ejemplo especial, intermedio y ordinario) de acuerdo al nivel de la amenaza (zona sismica), a la importancia de la edificación y otros parámetros. Así mismo, a cada nivel de diseño y sistema estructural se asignan diferentes factores de reducción de respuesta "R". Esto permite diseñar aquellas estructuras de menor importancia y/o que están en zonas de bajo riesgo sísmico, para un nivel de fuerzas sísmicas mayor (R más pequeño), pero aplicando un nivel de detallado menos riguroso.

Me llama la atención que la norma E.030 de Diseño Sismorresistente del Perú, por lo que entiendo, sólo contempla un nivel de diseño para cada sistema estructural y especifica factores de reducción de respuesta únicos.

Esto me deja las siguientes dudas con relación a la aplicación de esta norma:

1. Se debe aplicar el mismo nivel de detallado a la estructura de una edificación esencial (por ejemplo un hospital) ubicada en Zona 4, que a una estructura de menor importancia (por ejemplo una vivienda o una nave industrial) ubicada en la Zona 1?.

2. Esta norma permite considerar factores de reducción de respuesta menores y aplicar un nivel de diseño menos riguroso en algún caso?.

Les hago estas preguntas porque me parece que esta norma ofrece muy poca información con relación a la selección del factor de reducción de respuesta, y más importante aún, con relación a los requisitos de diseño y detallado para justificar la aplicación de estos factores.

Les dejo esta última pregunta: Siguiendo la aplicación de esta norma, que factor de reducción de respuesta aplicarían para diseñar una estructura industrial, por ejemplo una cinta transportadora?. O tienen normas particulares para este tipo de estructuras en Perú?.

Saludos,

Vlacev TE

Quote from: PROYECTOR on 03 de May de 2014, 10:40:36 PM
Buenas noches,

No soy del Perú, pero me parece interesante conocer las prácticas de diseño estructural y la normativa de países distintos al mío, especialmente de Latinoamérica.

La mayoría de las normas de diseño sismorresistente disponen diferentes niveles de diseño para cada sistema estructural (por ejemplo especial, intermedio y ordinario) de acuerdo al nivel de la amenaza (zona sismica), a la importancia de la edificación y otros parámetros. Así mismo, a cada nivel de diseño y sistema estructural se asignan diferentes factores de reducción de respuesta "R". Esto permite diseñar aquellas estructuras de menor importancia y/o que están en zonas de bajo riesgo sísmico, para un nivel de fuerzas sísmicas mayor (R más pequeño), pero aplicando un nivel de detallado menos riguroso.

Me llama la atención que la norma E.030 de Diseño Sismorresistente del Perú, por lo que entiendo, sólo contempla un nivel de diseño para cada sistema estructural y especifica factores de reducción de respuesta únicos.

Esto me deja las siguientes dudas con relación a la aplicación de esta norma:

1. Se debe aplicar el mismo nivel de detallado a la estructura de una edificación esencial (por ejemplo un hospital) ubicada en Zona 4, que a una estructura de menor importancia (por ejemplo una vivienda o una nave industrial) ubicada en la Zona 1?.

2. Esta norma permite considerar factores de reducción de respuesta menores y aplicar un nivel de diseño menos riguroso en algún caso?.

Les hago estas preguntas porque me parece que esta norma ofrece muy poca información con relación a la selección del factor de reducción de respuesta, y más importante aún, con relación a los requisitos de diseño y detallado para justificar la aplicación de estos factores.

Les dejo esta última pregunta: Siguiendo la aplicación de esta norma, que factor de reducción de respuesta aplicarían para diseñar una estructura industrial, por ejemplo una cinta transportadora?. O tienen normas particulares para este tipo de estructuras en Perú?.

Saludos,


La norma E.030 está basada en las normativas Estadounidenses y como tal sólo presenta coeficientes de reducción sísmica, R, de manera general, así como factores de importancia, entonces se manejan valores similares. El problema, como se puede leer en el documento presentado, es que la cantidad de coeficientes es mínima. Las categorías de diseño estructural (que se obtienen dependiendo del riesgo sísmico y la importancia) se dejan a cada normatova de diseño (por ejemplo a la E.060 para elementos de concreto armado), digamos que también es similar al ASCE/SEI 7. El ASCE/SEI 7 si bien presenta categorías de diseño sísmico los requerimientos son básicos, dejando a normativas como el ACI 318-2011 la extensión de los requerimientos (especial, intermedio, ordinario para elementos de concreto armado). El problema de la E.030 es que no presenta categorías de diseño dejando éstas a la E.060, pero, personalmente, verificar si es especial o intermedio u ordinario se ha interpretado de manera incorrecta. Lo mejor sería contar con una sola normativa de cargas, ya que nuestra E.020 "Cargas" es demasiado sencilla, así se tendrían las combinaciones de diseño únicas (en la E.060 se tienen unas combinaciones y en la E.090 "Elementos de Acero" otras), así como otros requisitos adicionales de manera integrada.

En el Perú, no entiendo la razón, los comités cuando actualizan una normativa no usan la vigente en EEUU. Por ejemplo, cuando actualizaron la E.060 para elementos de concreto armado, el 2009; usaron el ACI 318-2005, está demás decir que la vigente era el ACI 318-2008. Además, yo creo que se debería de incluirse en todas nuestras normativas el uso indistinto de los estándares internacionales vigentes. Me ha pasado que algunos revisores, al querer presentar un proyecto con innovaciones actuales de alguna normativa estándar vigente (ACI, ASCE/SEI, AASHTO), me observaron trabajos ya que las normativas vigentes del Perú no consideran algunos parámetros o requerimientos, pero no se dan cuenta que las normativas peruanas tienen retraso de muchos años. Algunos revisores piensan que el observar un trabajo es un concurso de quien sabe más, y claro como ellos tienen que dar la aprobación ya sabemos cómo va a finalizar todo.

Las consultas que enumeras creo responderte que con la aclaración que hice.

Vlacev TE

Quote from: natalio on 03 de May de 2014, 08:51:05 PM
HAY VARIOS CAMBIOS SOBRE TODO EN LA ZONIFICACION SISMICA ASIGNADA, EN MUCHOS DISTRITOS. OBVIAMENTE MIENTRAS NO SE PUBLIQUE EN EL PERUANO AUN NO ESTA VIGENTE, PERO MAS O MENOS EN CUANTO TIEMPO SE APROBARÁ, YA QUE POR EJEMPLO EN MI CASO, TENGO ALGUNOS PROYECTOS QUE ESTAN EN VIAS DE OBTENER LA LICENCIA RESPECTIVA, Y QUE SE EJECUTARÁN DE AQUI A UNOS TRES MESES. NO CREO QUE SE TENGA QUE REHACER EL PROYECTO CUANDO SE APRUEBE ESTA NORMA, PUES LA ACTUAL ZONIFICACION SERÍA DIFERENTE A LA FUTURA. 

Como lo indicas, hasta que no esté aprobada no se deberá aún usar. Pero ante el inminente cambio yo creo que deberías tomar algunas consideraciones que se plantean.

Una normativa técnica no es como una norma legal. Una nueva norma legal no invierte ni borra todo lo actuado anteriormente, sólo es válido desde la fecha de aprobación para adelante (si a alguien lo sentenciaron con una antigua ley a un número de años, al aprobarse la nueva y ser pena máxima no se le cambian los años automáticamente). Pero una norma técnica tiene otra interpretación.

Una norma técnica se supone que al actualizarse tendrá, como el nuevo proyecto planteado, cambios como la aceleración de acuerdo a las zonas. Estos cambios si deben de ser considerados en los edificios construidos y calculados con antiguas normas (¿o el sismo elegirá cuál edificio está diseñada con una norma u otra?). Si en Lima tendremos nuevos valores de aceleración y la comparación del espectro muestra valores superiores, deberíamos realizar un proyecto de actualización del edificio, esta "actualización" se denomina "Retrofit". El retrofit es la adecuación de una estructura a un nuevo requerimiento, no se trata de una reparación (aunque las técnicas usadas son similares o las mismas). Pero dudo que en el Perú se hagan estas actualizaciones. El planteamiento sería que si no adecuamos nuestros edificios a la nueva normativa sufrirán daños en que caso de ocurrir el evento.

Por ejemplo, ¿alguien revisó el nuevo requerimiento para muros de concreto armado en forma de Tee que trajo probelmas serios con el sismo de Maule en Chile?, aquí en el Perú he visto muchos edificios con dicha falla (algunos ni se habrán enterado ya que nuestra E.060 no la incluye, ya que al ACI vigente se le mira de reojo), lo que sucederá es que al ocurrir el evento éstos presentarán las mismas fallas que lo que ocurrió en Chile.

Para un ingeniero estructurista no hay mejor cosa que esperar un sismo, así podremos investigar, revisar y aprender ¿por qué colapso o por qué se mantuvo en pie un edificio?, y esperemos que no nos digan ¿te lo dije o no te lo dije? .

Vlacev TE

De manera adicional a mi anterior mensaje, adjunto un archivo con datos tabulados para un valor de R=8 y U=1.5, el resto de parámetros varían. A modo general podría afirmar que las aceleraciones espectrales disminuyen con el proyecto de norma (por ejemplo con Z=4 (2014) y Z=3 (2003)). Lo que esta influyendo para estos resultados son los parámetros del suelo.

Todos los comentarios que hago son comparaciones descriptivas, ya que sin datos reales será difícil proponer algo con fundamento científico, pero ello no significa que no se puedan plantear requisitos de otras normativas que son realizados con prácticas y un buen juicio ingenieril.

kaluex11

Estimado Elijah, queria saber si ya ha sido aprobado el proyecto de norma E030, supe que ya acabo la discusion publica, pero no se aun si ya fue aprobada, en caso contrario tienes idea de cuando seria esto.




Vlacev TE

Quote from: kaluex11 on 31 de July de 2014, 01:54:44 AM
Estimado Elijah, queria saber si ya ha sido aprobado el proyecto de norma E030, supe que ya acabo la discusion publica, pero no se aun si ya fue aprobada, en caso contrario tienes idea de cuando seria esto.





Del Ministerio me informaron que se tuvieron hasta 500 mensajes en el periodo de discusión, pero la fecha de publicación aún no estaba programada.